- 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
- 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Dibujos animados con moraleja
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Aquí os dejo un corto animado que nos va a despertar la cuirosidad y el
gusto por la lectura y los libros.
Muy tierno y entrañable.
Hace 8 años
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